ORGANIZACIÓN DE LA IGLESIA DURANTE LA EDAD MEDIA
El clero secular, o también denominado clero diocesano, designa al clero compuesto por el obispo y su presbiterio, es decir todos los sacerdotes, los diáconos, que no están vinculados a una orden religiosa católica y no están regidos por ninguna de sus reglas monásticas.
Se denominan seculares porque viven en el "secolo", que deriva del Latín saeculum, mundo, distinguiéndolo de este modo del clero regular que viven según una regla, inicialmente dentro de un monasterio y apartados del mundo. En la actualidad se ha ampliado el término de clero regular a todos los sacerdotes de órdenes religiosas y que no dependen de la autoridad de un obispo.
A diferencia del clero regular, el clero secular no realiza los votos monásticos. El celibato se exige en la iglesia católica tanto al clero secular como al regular.
Clérigos Regulares:
El término clérigos regulares (clerici regulares) designa a los sacerdotes católicos (clérigos) que son miembros de una orden religiosa regular (viven de acuerdo con una regla o regula y hacen votos solemnes). Aunque no son ni monjes, ni canónigos regulares ni mendicantes, viven en comunidad y su principal función es la de ejercer un ministerio similar a la de los clérigos seculares, promoviendo el culto divino y procurando la salvación de las almas.
Su objetivo principal es el servicio espiritual y temporal mediante la educación de la juventud, la predicación, el cuidado de los enfermos, etc. Sus miembros cuentan con mayor libertad personal que los monjes y frailes por tener menos obligaciones comunitarias.
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